Regl. 7933, art. 9

Reglamento para el Procesamiento de Re-Ingreso de Confinados que Disfrutan del Programa de Supervisión Electrónica.

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Cite as Reglamento Núm. 7933, Art. 9

FECHA DE VIGENCIA 13 Administración de Corrección San Juan, Puerto Rico REGLAMENTO PARA EL PROCESAMIENTO DE RE-INGRESO DE PARTICIPANTES QUE DISFRUTAN DEL PROGRAMA DE SUPERVISIÓN ELECTRÓNICA DE LA ADMINISTRACIÓN DE CORRECCIÓN EN CONTRAVENCIÓN A LAS DISPOSICIONES DE LA LEY NÚM. 49 DE 26 DE MAYO DE 1995 INTRODUCCIÓN La Ley Núm. 116 de 22 de julio de 1974, según enmendada, conocida como "Ley Orgánica de la Administración de Corrección, permite que la agencia adopte reglamentación para la creación de programas que propendan a la rehabilitación en la comunidad en su mayor dimensión posible, el cual podrá incluir, entre otros, programas de supervisión electrónica, cuando ello sea compatible con la seguridad pública.¹ Este tipo de programa permite que un confinado disfrute del privilegio de cumplir con su sentencia fuera de la institución correccional. La Administración de Corrección tiene la facultad de regular y velar por la correcta implantación y cumplimiento de estos privilegios concedidos a los miembros de la población correccional. 1 4 L.P.R.A. Secc. 1112 (b) 3 y (c). 1 A tenor con la Opinión emitida el 10 de junio de 2010, por el Tribunal de Circuito de Apelaciones para el Primer Circuito en el caso González- Fuentes V. Molina, 607 F.3d 864 (1st Cir. 2010), y en atención al interés apremiante de lograr la re-encarcelación de convictos de asesinato que en la actualidad se encuentran disfrutando del privilegio de supervisión electrónica en contravención a las disposiciones de ley y al interés apremiante reconocido al Estado en cuanto a lograr el más fiel cumplimiento de sus leyes, surge con carácter de emergencia la necesidad de disponer diáfanamente, mediante reglamento, el procedimiento a seguirse para lograr la meta de reingresar al sistema a los convictos pertinentes, mediando el fiel cumplimiento con las exigencias del debido proceso de ley. Presentamos este Reglamento para establecer las reglas que habrán de aplicar para lograr el cumplimiento específico de las disposiciones de la Ley Núm. 49 de 26 de mayo de 1995² y garantizar los derechos de la población correccional ante el proceso de revocación del privilegio. Esta reglamentación establece la estructura del aparato disciplinario encargado de la implantación de dichas normas y procedimientos. 2 La Ley Núm. 49 de 26 de mayo de 1995 enmendó la "Ley Orgánica de la Administración de Corrección" y excluye categóricamente a los convictos de asesinato del programa de supervisión electrónica. 2
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