Regl. 7938, art. XIV-XV
Reglamento del Cuerpo Interdenominacional de CapellanÃa.
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Cite as Reglamento Núm. 7938, Art. XIV-XV
COORDINACIÓN CON ORGANIZACIONES BASE DE FE
1.
El cuerpo interdenominacional de capellanÃa deberá crear,
administrar y propiciar alianzas con las organizaciones de
base de fe en Puerto Rico para programas alternos a la
capellanÃa tradicional que ayuden al proceso de
rehabilitación de los confinados.
2.
Será facultad del director de la Oficina de CapellanÃa
proponer este tipo de programación y en coordinación
con el cuerpo interdenominacional de Capellanes velar por
la implantación del programa y la efectividad de los mismos
3.
El Director de la Oficina de CapellanÃa coordinara con
Fortaleza para servir de enlace.