Regl. 7940, art. 5-16
Para enmendar el Capítulo VI Reducción, Reutilización y Reciclaje en Sector
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Cite as Reglamento Núm. 7940, Art. 5-16
Privado, para añadir una Regla 5, la cual leerá como sigue:
"Regla: 5 Establecimientos Comerciales
1. Todo establecimiento comercial de 11 empleados o más enmendará o revisará sus planes de
reciclaje para incorporar un Programa de Recuperación de Bolsas Plásticas según establecido
en el Capítulo VIII de este Reglamento.
2. Todo establecimiento comercial cumplirá además con todas las disposiciones aplicables de
este Capítulo."