Regl. 7949, art. 2
AUTORIDAD Y BASE LEGAL
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Cite as Reglamento Núm. 7949, Art. 2
Este Reglamento se adopta y promulga al amparo de las facultades conferidas al
Secretario del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales por la Ley Núm. 23
de 20 de junio de 1972, según enmendada, mejor conocida como Ley Orgánica del
Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, y el Plan de Reorganización Núm. 1 de
9 de diciembre de 1993; la Ley Núm. 278 de 29 de noviembre de 1998, según
enmendada, mejor conocida como Ley de PesquerÃas de Puerto Rico; la Ley Núm. 115 de
6 de septiembre de 1997, mejor conocida como la Ley para la Promoción y el Desarrollo de la
Pesca Deportiva y Recreacional de Puerto Rico; la Ley Núm. 46 de 18 de junio de 1965,
mejor conocida como Ley de Pirañas, Prohibición y Penas; la Ley 147 de 15 de julio
de 1999, mejor conocida como Ley para la Protección, Conservación y Manejo de los Arrecifes
de Coral en Puerto Rico; la Ley Núm. 57 de 10 de marzo de 2000, mejor conocida como
Ley para designar como reserva marina, media milla de las aguas territoriales marÃtimas
alrededor de la Isla Desecheo; y la Ley Núm. 17 de 8 de enero de 2004, mejor conocida
como Ley de la Reserva Marina Tres Palmas de Rincón.