Regl. 7950, art. 2-VI

DISTRIBUCIÓN GRATUITA DE PUBLICACIONES, DOCUMENTOS o

Length: 150 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 7950, Art. 2-VI

ESTUDIOS 1. No obstante lo anteriormente establecido en este Reglamento, el Presidente de la Junta de Planificación, el Jefe de la Agencia, o el funcionario en quien éstos deleguen, estará facultado a distribuir copias de las publicaciones, documentos o estudios de la Junta de Planificación 0 de la agencia, según corresponda, libre del pago de derechos, a universidades, escuelas públicas o privadas o persona, cuando a su juicio sea necesario y las circunstancias así lo justifiquen. 2. Toda solicitud para obtener gratuitamente las publicaciones, documentos o 4 estudios será sometida por escrito y deberá contener las debidas justificaciones de la necesidad de la publicación, documento 0 estudio solicitado. En el caso de Agencias, las solicitudes deberán estar firmadas por el Jefe de Agencia, Director o Funcionario Autorizado. Las publicaciones, documentos o estudios solicitados, y los cuales se determine que serán distribuidos gratuitamente, se entregarán al solicitante únicamente en formato digital.
Regl. 7950, art. 2-VI: DISTRIBUCIÓN GRATUITA DE PUBLICACIONES, DOCUMENTOS o | Justis AI