Regl. 7950, art. 2 dup3
Restricciones
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Cite as Reglamento Núm. 7950, Art. 2 dup3
Cuando en cualquier expediente obren documentos internos de la Junta de
Planificación 0 de la agencia correspondiente, como lo son, entre otros: opiniones
legales, memorandos internos, documentos confidenciales, análisis técnicos 0
económicos, borradores de cartas o de resoluciones, borradores de hojas de acuerdos,
no notificadas previamente, que no hayan sido incorporados a dicho expediente
mediante expresión de la Junta de Planificación o de la agencia correspondiente, los
mismos no estarán disponibles para reproducción. Estos no se considerarán incluidos
entre los descritos en el ArtÃculo IV.