Regl. 3149, art. 3.1-5.02.13
Las estaciones de bombas se localizarán a una
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Cite as Reglamento Núm. 3149, Art. 3.1-5.02.13
distancia no menos de quince (15) metros de
cualquier estructura existente O a construirse.
La parcela de la estación de bombas deberá
estar pavimentada.
V-3
Cam
5.02.14.
Deberá proveerse una acometida de agua de 3/4
pulgadas de diâmetro con su caja para contador
y seguida por "reduced pressure type back flow
preventer" de igual diametro, según se indique
en los planos del proyecto.