Regl. 7962, art. 19
Reglamento para establecer el Programa de Estudio, Educación Continua, Educación a distancia, requisitos de Licencia (renovación) y Funciones de Escuelas e Instructores de Bienes Raíces.
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Cite as Reglamento Núm. 7962, Art. 19
Enmiendas al reglamento
Este Reglamento podrá ser enmendado por la Junta de conformidad con las disposiciones de la
Ley Núm. 170, Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme.