Regl. 7962, art. 3-1

Reglamento para establecer el Programa de Estudio, Educación Continua, Educación a distancia, requisitos de Licencia (renovación) y Funciones de Escuelas e Instructores de Bienes Raíces.

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Cite as Reglamento Núm. 7962, Art. 3-1

Actividad Académica Significará eventos educativos, tales como cursos preparatorios, educación continua, talleres de capacitación, seminarios, conferencias, foros, cursos especializados y otros métodos educativos análogos relacionados y dirigidos a ofrecer educación, impartir conocimientos, ofrecer adiestramientos y experiencias a los profesionales corredores y vendedores de bienes raíces, en cualquier modalidad educativa, ya sea presencial, híbrida o en línea (a distancia), autorizados por la Junta.
Regl. 7962, art. 3-1: Reglamento para establecer el Programa de Estudio, Educación Continua, Educación a distancia, requisitos de Licencia (renovación) y Funciones de Escuelas e Instructores de Bienes Raíces. | Justis AI