Regl. 7962, art. 3-2
Autorización
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Cite as Reglamento Núm. 7962, Art. 3-2
Permiso otorgado por la Junta para aquellas instituciones que ofrezcan alguna actividad
académica, mediante la cual imparten actualización de los conocimientos y destrezas a través de
varios módulos educativos, tales como y sin limitarse a: conferencias, seminarios, talleres de
capacitación, cursos, en modalidad presencial o a distancia por medios tecnológicos.