Regl. 7962, art. 3-3

Certificación

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Cite as Reglamento Núm. 7962, Art. 3-3

Proceso utilizado por la Junta para autorizar a un instructor de bienes raíces que completó satisfactoriamente los requisitos establecidos por ésta para el ofrecimiento de cursos preparatorios, u otras actividades académicas.
Regl. 7962, art. 3-3: Certificación | Justis AI