Regl. 7962, art. 3-6

Reglamento para establecer el Programa de Estudio, Educación Continua, Educación a distancia, requisitos de Licencia (renovación) y Funciones de Escuelas e Instructores de Bienes Raíces.

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Cite as Reglamento Núm. 7962, Art. 3-6

Curso Especializado Programa de clases no menor de 6 horas contacto, aprobado por la Junta, en materias especializadas o relacionadas a los bienes raíces. La Junta, en reunión ordinaria o extraordinaria, analizará el curso y tendrá 60 días laborables para su aprobación o rechazo. Si la Junta no toma acción en el tiempo estipulado, el curso automáticamente quedará aprobado. 3
Regl. 7962, art. 3-6: Reglamento para establecer el Programa de Estudio, Educación Continua, Educación a distancia, requisitos de Licencia (renovación) y Funciones de Escuelas e Instructores de Bienes Raíces. | Justis AI