Regl. 7962, art. 3-7
Reglamento para establecer el Programa de Estudio, Educación Continua, Educación a distancia, requisitos de Licencia (renovación) y Funciones de Escuelas e Instructores de Bienes RaÃces.
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Cite as Reglamento Núm. 7962, Art. 3-7
Curso Preparatorio
Conjunto de materias de carácter mandatorio, que comprende el currÃculo del programa
educativo de 60 horas contacto, para los aspirantes a la licencia de vendedor o 90 horas contacto
para los aspirantes a la licencia de corredor de bienes raÃces. Este curso deberá ser aprobado
satisfactoriamente para tomar el examen de reválida según dispuesto por la Ley vigente. Este
curso, además, será ofrecido por escuelas, institutos, colegios, entidades, universidades o
asociaciones que posean una licencia de escuela de bienes raÃces autorizada por la Junta.