Regl. 3149, art. 3.1-6.02

Localización de la Planta

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Cite as Reglamento Núm. 3149, Art. 3.1-6.02

Requisitos: 1. La planta debe estar alejada en lo posible de desarrollos presentes y futuros y a no menos de cincuenta (50) metros de distancia de la casa de vivienda u otra edificación donde concurran personas. Esta distancia será medida desde la estructura más próxima de la planta hasta la edificación. 2. Tomar en consideración la dirección de los vientos prevalecientes. 3. Debe estar sobre cota de inundación o de lo contrario proveerse protección adecuada contra inundaciones ocasionadas por avenidas extraordinarias según definidas por el reglamento de la Junta de Planificación. 4. Fácil acceso en todo tiempo. 5. Parcela suficientemente amplia para acomodar futuras extensiones a la planta. 6. Caracteristicas del terreno, geología, hidrología y topografía existente para reducir las necesidades de bombeo. 7. Acceso al cuerpo de agua seleccionado para recibir la descarga. 8. Compatibilidad del proceso de tratamiento con el uso VI-1 actual y futuro del terreno incluyendo ruido, olores y el tratamiento y disposición del cieno.
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