Regl. 7962, art. 6-4

Reglamento para establecer el Programa de Estudio, Educación Continua, Educación a distancia, requisitos de Licencia (renovación) y Funciones de Escuelas e Instructores de Bienes Raíces.

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Cite as Reglamento Núm. 7962, Art. 6-4

La Junta podrá aceptar evidencia de cursos de educación continuada ofrecidos por colegios u organizaciones de los Estados Unidos que estén debidamente acreditados por las entidades reguladoras de la jurisdicción concernida donde existan acuerdos de reciprocidad para ejercer la profesión de corredor o vendedor de bienes raíces.
Regl. 7962, art. 6-4: Reglamento para establecer el Programa de Estudio, Educación Continua, Educación a distancia, requisitos de Licencia (renovación) y Funciones de Escuelas e Instructores de Bienes Raíces. | Justis AI