Regl. 7962, art. 7-10

La licencia concedida es intransferible y está prohibido terminantemente que una

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Cite as Reglamento Núm. 7962, Art. 7-10

institución educativa licenciada facilite a otra persona jurídica o natural su licencia, con independencia de la razón que invoque para ello. La violación a esta disposición será causa para que la Junta cancele permanentemente su licencia. Por facilitar, entiéndase, prestar, contratar, subcontratar, donar o, de cualquier otra forma, transferir dicha licencia.
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