Regl. 7966, art. 83 dup3

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Cite as Reglamento Núm. 7966, Art. 83 dup3

valores monetarios deberán aparecer en la moneda de Estados Unidos. Si cualquier anejo, escrito o documento que se haya radicado con la declaración está escrito en un idioma extranjero, se deberá incluir una traducción al español o inglés y los valores monetarios que aparezcan en moneda extranjera se deberán convertir a la moneda estadounidense.
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