Regl. 7977, art. XIII-IV
Reglamento para establecer un Sistema de Puntos o Escala de Evaluación para Conductores.
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Cite as Reglamento Núm. 7977, Art. XIII-IV
APLICABILIDAD
Las disposiciones de este Reglamento serán aplicables a toda persona natural
autorizada a conducir vehículos de motor y a personas que aún sin estar autorizadas a
conducir, incurran en faltas administrativas 0 delitos relacionados a la Ley de Vehículos
y Tránsito de Puerto Rico, que conlleven la imposición de puntos o deméritos.
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