Regl. 3149, art. 3.1-6.23.03

Bombas de Cieno

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Cite as Reglamento Núm. 3149, Art. 3.1-6.23.03

1. Capacidad La capacidad de las bombas debe ser adecuada. Se requiere el uso de bombas de velocidad variable, siempre que sea factible. 2. Unidades Dobles - Se deben proveer unidades dobles cuando el fallo de una unidad puede afectar seriamente la operación de la planta. 3. Tipo - Bombas de émbolo macizo (plunger pumps) bomba espiral (screw feed pumps) y otros tipos conprobada capacidad para manejar sólidos deben utilizarse para bombear lodos crudos. VI-27 6am 4. Cargas Una carga de succión positiva minima de 61 cm. (24 pulgadas) debe proveerse en el lado de la succión de las bombas de cieno. Para bombas de émbolo maciso la carga de succión negativa máxima no debe exceder de 3 metros (10 pies).
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