Regl. 3149, art. 3.1-6.27
Desinfección
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Cite as Reglamento Núm. 3149, Art. 3.1-6.27
6.27.01. Propósito
Cuando el efluente de plantas de tratamiento para
aguas servidas pueda crear peligros de salud,
se requerirá desinfección del mismo. El uso
de cloro u otros agentes quimicos es necesario
para matar toda clase de microorganismos O
gérmenes patógenos.
6.27.02. Agentes Químicos
La desinfección regularmente se realizará con
cloro líquido. Previa aprobación de la Autoridad
de Acueducto y Alcantarillado se podrá usar
hipoclorito de sodio y calcio, ozono, dióxido
de cloro y otros. El agente químico debe ser
seleccionado después de la debida consideración
de: la razón de flujo de los desperdicios, la
razón de aplicación y demanda, ph de los desperdicios, costo del equipo y agentes químicos y
disponibilidad.