Regl. 7984, art. III-37
Función del Secretario de la Junta de Subastas
Length: 569 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 7984, Art. III-37
a. Será responsable de estar presente en dicho acto y será el encargado de
los procedimientos durante el mismo.
b. Será responsable de declarar abierta la subasta a la hora, fecha y lugar
indicados en la convocatoria de subasta y anunciará a las personas
presentes lo siguiente:
1. el número de la subasta cuyas ofertas se van a abrir,
2. el asunto de la subasta, y
3. la identificación de las personas que están representando a los
licitadores.
C. Procederá a leer el remitente de cada uno de los sobres y los cotejará
contra la lista de los sobres recibidos.
30
d. Procederá a abrir los sobres de ofertas en presencia de todos los
asistentes y leerá de cada una de las ofertas por partida la siguiente
información:
1. número de la partida para la cual ha ofrecido la cotización;
2. precio ofrecido por partida;
3. fecha de entrega ofrecida, si procede; y
4. marca y modelo ofrecido, si procede.
e. Verificará que las ofertas hayan cumplido con toda la documentación
solicitada como requisito.
f. Cualquier asistente a los actos de apertura podrá examinar, en presencia
del Presidente y el Secretario de la Junta de Subastas, cualquier
documento relacionado con las ofertas sometidas por los licitadores
posteriormente a que la subasta haya sido abierta, se hayan leído las
ofertas y aceptado oficialmente el acto de apertura. El Secretario de la
Junta de Subastas determinará la forma y manera en que los interesados
podrán examinar la información sin que se afecte la continuidad del
proceso.
g. Una vez todos los asistentes al acto que hubieren sido parte de la
competencia en la subasta hayan examinado las ofertas, el Secretario de
la Junta de Subastas dará por cerrado el mismo, indicando la hora de
cierre.
h. Mantendrá un récord de toda incidencia en el Acta de Apertura. Dicha
Acta deberá estar redactada no más tarde de veinticuatro (24) horas
después del Acto de Apertura y deberá contener la siguiente información:
1. número y asunto de la subasta;
2. fecha, hora y lugar de la apertura;
3. número de ofertas recibidas;
4. nombre de los licitadores que cotizaron para una o más partidas y
nombre de los que asistieron y no cotizaron;
5. copia del registro de asistencia mencionado más adelante; y
31
6. certificación de la persona que tuvo a su cargo el acto, a los efectos de
que la información leída públicamente fue aquella requerida por este
Reglamento.
La persona que haya tenido a su cargo el Acto de Apertura anotará sus
iniciales en cada una de las ofertas. El Acta formará parte del expediente.
Cualquier incidente durante el proceso de celebración de Subastas, en
relación a cualquier especificación, condición u otro asunto, será
responsabilidad darlo a conocer por escrito y deberá quedar plasmado en
la misma acta, la cual formará parte del expediente de la subasta.
El Acta de Apertura será firmada por la persona que tuvo a su cargo el
proceso de subasta.
Si se hubieran grabado las incidencias del proceso de subasta, se
conservará intacta e identificada la cinta y bajo la custodia del Secretario
de la Junta de Subastas por un periodo máximo de seis (6) meses.
i. Retener toda la información relacionada con una subasta y lo hará formar
parte del expediente de la compra.
j. No permitirá, bajo ninguna circunstancia, efectuar cambios o
modificaciones a una oferta después de haber sido abierta y leída.