Regl. 7984, art. III-40

Licitaciones Tardías

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Cite as Reglamento Núm. 7984, Art. III-40

La JCA no recibirá, bajo ninguna razón, motivo o circunstancia, ninguna licitación después del día y la hora en que cierra la subasta. Las ofertas recibidas por fax o por correo electrónico no serán tomadas en consideración, excepto por autorización expresa de la Junta de Subastas a ese respecto y expedida con 32 antelación a la apertura de la subasta. Las ofertas recibidas una vez vencido el periodo límite establecido, serán devueltas sin abrir al licitador.
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