Regl. 7984, art. II-11
Delegación de Funciones y Deberes del Oficial Comprador
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Cite as Reglamento Núm. 7984, Art. II-11
El Oficial Comprador tendrá las siguientes funciones y deberes:
a. velará porque se adquiera la cantidad y calidad solicitada;
b. presentará las correcciones O recomendaciones pertinentes a cada caso
con el fin de que se adquieran los bienes o servicios, al menor precio y en
la forma más conveniente, según las experiencias generales y
particulares de los usuarios;
C. preparará informes mensuales con el fin de mantener al Gerente de la
División de Asuntos Gerenciales y de la División de Servicios Generales
informados del comportamiento mensual de las órdenes de compras de la
JCA;
d. analizará y evaluará las solicitudes bienes o servicios no profesionales
conforme a lo dispuesto en este Reglamento;
e. se asegurará que los Agentes Compradores realicen las compras que
redunden en los mejores beneficios para la JCA. Será responsabilidad del
Oficial Comprador asegurarse que las compras relacionadas a
construcción en general y/o reacondicionamiento de edificios que se
realizan en la JCA, cumplan con la política pública de la Rama Ejecutiva
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del Gobierno de Puerto Rico. Esto se hará para promover la construcción,
reacondicionamiento y/o uso de edificios que promuevan la sostenibilidad
ecológica mediante la aplicación costo-efectiva del sistema, según
establecida en el Boletín Administrativo Núm. OE-2007-41 y en el "LEED
for Existing Buildings: Operations & Maintenance" aprobado por el "U.S
GREEN BUILDING COUNCIL LEED, USGBC for Public Use and Display,
April 2008"; y
f. será responsable de implementar las disposiciones contenidas en la Ley
Núm. 63 de 13 de julio de 2007, según enmendada, conocida como "Ley
de Reservas en las Compras del Gobierno".