Regl. 7984, art. II-11

Delegación de Funciones y Deberes del Oficial Comprador

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Cite as Reglamento Núm. 7984, Art. II-11

El Oficial Comprador tendrá las siguientes funciones y deberes: a. velará porque se adquiera la cantidad y calidad solicitada; b. presentará las correcciones O recomendaciones pertinentes a cada caso con el fin de que se adquieran los bienes o servicios, al menor precio y en la forma más conveniente, según las experiencias generales y particulares de los usuarios; C. preparará informes mensuales con el fin de mantener al Gerente de la División de Asuntos Gerenciales y de la División de Servicios Generales informados del comportamiento mensual de las órdenes de compras de la JCA; d. analizará y evaluará las solicitudes bienes o servicios no profesionales conforme a lo dispuesto en este Reglamento; e. se asegurará que los Agentes Compradores realicen las compras que redunden en los mejores beneficios para la JCA. Será responsabilidad del Oficial Comprador asegurarse que las compras relacionadas a construcción en general y/o reacondicionamiento de edificios que se realizan en la JCA, cumplan con la política pública de la Rama Ejecutiva 11 del Gobierno de Puerto Rico. Esto se hará para promover la construcción, reacondicionamiento y/o uso de edificios que promuevan la sostenibilidad ecológica mediante la aplicación costo-efectiva del sistema, según establecida en el Boletín Administrativo Núm. OE-2007-41 y en el "LEED for Existing Buildings: Operations & Maintenance" aprobado por el "U.S GREEN BUILDING COUNCIL LEED, USGBC for Public Use and Display, April 2008"; y f. será responsable de implementar las disposiciones contenidas en la Ley Núm. 63 de 13 de julio de 2007, según enmendada, conocida como "Ley de Reservas en las Compras del Gobierno".
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