Regl. 7984, art. II-12
Funciones, Deberes y Responsabilidades del Agente
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Cite as Reglamento Núm. 7984, Art. II-12
Comprador
a. Tendrá la responsabilidad de emitir órdenes de compra que redunden en
los mejores beneficios de la JCA de acuerdo a las leyes y reglamentos
aplicables;
b. estará disponible cuando el receptor lo necesite para resolver cualquier
duda o discrepancia que surja en relación con las especificaciones de la
orden de compra y lo que esté entregando el suplidor y se vea afectada la
aceptación del bien o servicio;
C. tendrá la responsabilidad de asegurarse que la información que le
sometan se ajuste a las necesidades del área que solicita el bien, obra o
servicio;
d. se asegurará que la requisición cuente con la asignación de fondos
necesarios al momento de trabajarse. También, deberá asegurarse que la
requisición esté debidamente cumplimentada y que contenga todas las
firmas correspondientes;
e. advertirá a los suplidores por escrito, el término con el que cuentan para
presentar la correspondiente cotización a la JCA;
f. confirmará la cotización correspondiente con el licitador antes de proceder
a realizar la orden de compra;
g. informará al Oficial Comprador sobre cualquier licitador que incumpla con
los términos y condiciones de la orden de compra que se le emitió; y
h. deberá someter informes mensuales de las tareas que realiza.
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