Regl. 7984, art. II-12

Funciones, Deberes y Responsabilidades del Agente

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Cite as Reglamento Núm. 7984, Art. II-12

Comprador a. Tendrá la responsabilidad de emitir órdenes de compra que redunden en los mejores beneficios de la JCA de acuerdo a las leyes y reglamentos aplicables; b. estará disponible cuando el receptor lo necesite para resolver cualquier duda o discrepancia que surja en relación con las especificaciones de la orden de compra y lo que esté entregando el suplidor y se vea afectada la aceptación del bien o servicio; C. tendrá la responsabilidad de asegurarse que la información que le sometan se ajuste a las necesidades del área que solicita el bien, obra o servicio; d. se asegurará que la requisición cuente con la asignación de fondos necesarios al momento de trabajarse. También, deberá asegurarse que la requisición esté debidamente cumplimentada y que contenga todas las firmas correspondientes; e. advertirá a los suplidores por escrito, el término con el que cuentan para presentar la correspondiente cotización a la JCA; f. confirmará la cotización correspondiente con el licitador antes de proceder a realizar la orden de compra; g. informará al Oficial Comprador sobre cualquier licitador que incumpla con los términos y condiciones de la orden de compra que se le emitió; y h. deberá someter informes mensuales de las tareas que realiza. 12
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