Regl. 7984, art. II-17
Compras en Subasta Informal
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Cite as Reglamento Núm. 7984, Art. II-17
a. En las compras que se encuentren entre las cantidades de cincuenta mil
dólares ($50,000.00) y noventa y nueve mil novecientos noventa y nueve
dólares con noventa y nueve centavos ($99,999.99), se solicitarán
propuestas escritas mediante el proceso de Subasta Informal. Será
responsabilidad del Oficial Comprador, O su representante autorizado,
asegurarse que este proceso sea uno conforme a la ley y a este
Reglamento.
b. Las compras realizadas bajo este procedimiento serán evaluadas por el
Oficial Comprador, quien luego de analizar las mismas y asegurarse que
están de acuerdo con las leyes y reglamentos aplicables, hará la
recomendación al Gerente de la División de Asuntos Gerenciales O su
representante autorizado, quién será el responsable de dar la aprobación
final para la adquisición del bien o servicio no profesional.
C. A estos fines, se solicitará por escrito que las cotizaciones sean
sometidas también por escrito y deberán contener la siguiente
información:
1. número de invitación;
2. fecha y hora de apertura;
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3. Fecha de invitación;
4. firma del Oficial Comprador o su representante autorizado;
5. nombre del licitador;
6. dirección del licitador;
7. firma del licitador o su representante autorizado;
8. término por el cual el licitador mantendrá la oferta;
9. descripción del bien ofrecido;
10. costo del bien;
11. descuentos que son aplicables por pronto pago, si alguno;
12. garantía del bien, si aplica; y
13. fecha de entrega.