Regl. 7984, art. II-17

Compras en Subasta Informal

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Cite as Reglamento Núm. 7984, Art. II-17

a. En las compras que se encuentren entre las cantidades de cincuenta mil dólares ($50,000.00) y noventa y nueve mil novecientos noventa y nueve dólares con noventa y nueve centavos ($99,999.99), se solicitarán propuestas escritas mediante el proceso de Subasta Informal. Será responsabilidad del Oficial Comprador, O su representante autorizado, asegurarse que este proceso sea uno conforme a la ley y a este Reglamento. b. Las compras realizadas bajo este procedimiento serán evaluadas por el Oficial Comprador, quien luego de analizar las mismas y asegurarse que están de acuerdo con las leyes y reglamentos aplicables, hará la recomendación al Gerente de la División de Asuntos Gerenciales O su representante autorizado, quién será el responsable de dar la aprobación final para la adquisición del bien o servicio no profesional. C. A estos fines, se solicitará por escrito que las cotizaciones sean sometidas también por escrito y deberán contener la siguiente información: 1. número de invitación; 2. fecha y hora de apertura; 17 3. Fecha de invitación; 4. firma del Oficial Comprador o su representante autorizado; 5. nombre del licitador; 6. dirección del licitador; 7. firma del licitador o su representante autorizado; 8. término por el cual el licitador mantendrá la oferta; 9. descripción del bien ofrecido; 10. costo del bien; 11. descuentos que son aplicables por pronto pago, si alguno; 12. garantía del bien, si aplica; y 13. fecha de entrega.
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