Regl. 7984, art. II-24
Responsabilidades, Deberes y Facultades del Presidente de la
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Cite as Reglamento Núm. 7984, Art. II-24
Junta de Subastas
El Presidente de la Junta de Subastas tendrá, entre otras, las siguientes
responsabilidades, deberes y facultades:
a. mantener el buen funcionamiento de la Junta de Subastas;
b. asegurarse de que los miembros de la Junta de Subastas cumplan
fielmente los deberes de su cargo;
C. dirigir los procedimientos de la Junta de Subastas;
d. representar a la Junta de Subastas;
e. convocar y presidir las reuniones de la Junta de Subastas;
f. revisar y adoptar como suyas las recomendaciones de la Junta de
Subastas;
g. recomendar al Director Ejecutivo los nombramientos de personal para la
Junta de Subastas;
h. someter al Director Ejecutivo un informe mensual que contenga las
subastas adjudicadas y pendientes de adjudicación;
i. someter cuantos informes y recomendaciones adicionales se le solicite; y
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j. cumplir con todas las funciones y deberes inherentes a su cargo.