Regl. 7984, art. II-24

Responsabilidades, Deberes y Facultades del Presidente de la

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Cite as Reglamento Núm. 7984, Art. II-24

Junta de Subastas El Presidente de la Junta de Subastas tendrá, entre otras, las siguientes responsabilidades, deberes y facultades: a. mantener el buen funcionamiento de la Junta de Subastas; b. asegurarse de que los miembros de la Junta de Subastas cumplan fielmente los deberes de su cargo; C. dirigir los procedimientos de la Junta de Subastas; d. representar a la Junta de Subastas; e. convocar y presidir las reuniones de la Junta de Subastas; f. revisar y adoptar como suyas las recomendaciones de la Junta de Subastas; g. recomendar al Director Ejecutivo los nombramientos de personal para la Junta de Subastas; h. someter al Director Ejecutivo un informe mensual que contenga las subastas adjudicadas y pendientes de adjudicación; i. someter cuantos informes y recomendaciones adicionales se le solicite; y 20 j. cumplir con todas las funciones y deberes inherentes a su cargo.
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