Regl. 7984, art. IV-41
Responsabilidad de la Oficina Peticionaria
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Cite as Reglamento Núm. 7984, Art. IV-41
La oficina peticionaria y/o la oficina que posee los conocimientos técnicos en los
bienes o servicios, podrán emitir recomendaciones de éstos necesitarse y
haberse solicitado la información adicional, en un periodo no mayor de cinco (5)
días laborales a fin de poder adjudicar la subasta. No obstante, la
responsabilidad total y absoluta recae en los miembros de la Junta de Subastas.