Regl. 7984, art. IV-41

Responsabilidad de la Oficina Peticionaria

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Cite as Reglamento Núm. 7984, Art. IV-41

La oficina peticionaria y/o la oficina que posee los conocimientos técnicos en los bienes o servicios, podrán emitir recomendaciones de éstos necesitarse y haberse solicitado la información adicional, en un periodo no mayor de cinco (5) días laborales a fin de poder adjudicar la subasta. No obstante, la responsabilidad total y absoluta recae en los miembros de la Junta de Subastas.
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