Regl. 7984, art. VI-2
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Cite as Reglamento Núm. 7984, Art. VI-2
Este Reglamento se adopta y se promulga en virtud de la facultad conferida al
Director Ejecutivo de la Junta de Calidad Ambiental, mediante la Ley Núm. 117
de 30 de julio de 2010, la cual exime a la Junta de Calidad Ambiental, en
adelante JCA o la agencia, y sus componentes operacionales del cumplimiento
con la Ley Núm. 164 de 23 de julio de 1974, según enmendada, conocida como
la "Ley de la Administración de Servicios Generales"; a tenor con lo dispuesto en
la Ley Núm. 416 de 22 de septiembre de 2004, según enmendada, conocida
como Ley sobre Política Pública Ambiental; y de conformidad con lo dispuesto
en la Ley Núm. 170 de 12 de agosto de 1988, según enmendada, conocida
como la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme.