Regl. 7984, art. VI-4
Aplicación
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Cite as Reglamento Núm. 7984, Art. VI-4
Las disposiciones de este Reglamento serán aplicables a todas las compras que
se efectúen en la JCA y sus componentes operacionales. También aplicará a
todo empleado o funcionario del Gobierno de Puerto Rico, a toda persona
particular que intervenga directa o indirectamente en el proceso de adquisición
de bienes y servicios no profesionales y subastas públicas de la JCA, así como
cualquier otro organismo que en el futuro forme parte de la agencia.
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