Regl. 7988, art. 2
Base legal
Cite as Reglamento Núm. 7988, Art. 2
Este Reglamento se adopta y se promulga en virtud de la autoridad conferida
bajo el ArtÃculo 13 de la Ley Núm. 216 de 27 de diciembre de 2010, conocida
como la "Ley para Agilizar el Registro de la Propiedad", el ArtÃculo 4 de la Ley
Núm. 198 de 8 de agosto de 1979, según enmendada, conocida como la "Ley
Hipotecaria y del Registro de la Propiedad" ("Ley Hipotecaria"), el ArtÃculo 4.3
del Reglamento General para la Ejecución de la Ley Hipotecaria y Registro de la
Propiedad de 1979, Reglamento Núm. 2674, Departamento de Justicia (9 de julio
de 1980), según enmendado, el ArtÃculo 18(b) de la Ley Número 205 de 9 de
agosto de 2004, conocida como "Ley Orgánica del Departamento de Justicia", y de
conformidad con la Ley Núm. 170 de 12 de agosto de 1988, según enmendada,
conocida como "Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Estado Libre
Asociado de Puerto Rico".