Regl. 7988, art. 6 dup2
Asiento de Inscripción Abreviado
Cite as Reglamento Núm. 7988, Art. 6 dup2
El asiento de inscripción abreviado se extenderá cuando se despachen
documentos excluidos de la Ley Núm. 216, documentos presentados a partir del
1ro. de mayo de 2010 y certificaciones registrales.
6.1 Asiento en tomo histórico: si la finca no está recuperada, se extenderá
en el tomo histórico un solo asiento de inscripción para todos los documentos que
quedaron inscritos, aunque se utilizará un sello por documento.
6.2 Asiento en Agora: se extenderá un solo asiento de inscripción que
contendrá la información requerida en el Artículo 6.3 para todos los documentos.
En estos casos, se utilizarán las minutas identificadas en este Reglamento como F
4-1 al F 4-4.
6.3 Contenido: El asiento contendrá un breve resumen de cada
documento que incluye:
a) negocio jurídico
b) nombre y estado civil del titular a favor de quien se inscribe el
derecho
c)
valor de la transacción
d) vencimiento
e)
condición especial, si alguna
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f)
documento que motiva la inscripción (número de escritura,
notario, fecha)
g)
fecha de presentación, asiento y diario
h)
derechos cancelados
Al final del asiento se indicará lo siguiente: INSCRITO en virtud de la
Ley para Agilizar el Registro de la Propiedad de 2010, extendido el asiento hoy
(fecha), firma del Registrador. La firma del Registrador es a los únicos fines de
certificar la fecha en que ha sido extendido el asiento de los documentos que
quedaron inscritos por la Ley.
6.3.1 En los casos de documentos no excluidos que crean una finca
nueva, como por ejemplo, el derecho de superficie, se abrirá finca nueva y en el
asiento se incluirá la descripción. Si se trata de modificación a la descripción
vigente de la finca, como por ejemplo, edificación u obra nueva, en el asiento se
añadirá la descripción modificada de la finca.
6.3.2 Sello del asiento en tomo histórico: El asiento que se extenderá
y que contiene todos los documentos que quedaron inscritos, se hará utilizando un
sello, por cada documento, que contiene la siguiente información:
Negocio jurídico
A favor de
Estado civil
Condiciones
Valor:
Vencimiento:
Documento presentado:
Escritura #:
Fecha escritura:
Notario:
Asiento
, Diario
Derechos:
Inscrito en virtud de la Ley para Agilizar
el Registro de la Propiedad de 2010.
6.3.3 Firma en tomo histórico: Al final del asiento de inscripción, se
indicará lo siguiente: "Extendido el asiento hoy (fecha)", y deberá ser firmado
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por el Registrador. La firma del Registrador es a los únicos fines de certificar la
fecha en que ha sido extendido el asiento de los documentos que quedaron inscritos
por la Ley.
6.3.4 Transacción en Ágora: El asiento se creará con la transacción
identificada como "Asiento Abreviado".
6.3.5 Firma en Ágora: Se firmará el asiento de inscripción con el
código: "Ley para Agilizar el Registro".
6.4 Impresión de la inscripción en el folio real: El asiento de inscripción
que resume todos los documentos inscritos o anotados por la Ley, se imprimirá en
el folio real. Al final del asiento de inscripción se indicará lo siguiente: INSCRITO
en virtud de la Ley para Agilizar el Registro de la Propiedad de 2010, extendido el
asiento hoy (fecha), firma del Registrador. La firma del Registrador es a los
únicos fines de certificar la fecha en que ha sido extendido el asiento de los
documentos que quedaron inscritos por la Ley.