Regl. 7988, art. 8-11

Presunción de corrección. Procedimiento para corregir cualquier

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Cite as Reglamento Núm. 7988, Art. 8-11

error provocado por la inscripción de documentos incluidos en la Ley. Las inscripciones practicadas en virtud de la Ley, se presumen correctas. 11.1 Cualquier parte afectada por un error en la inscripción de documentos presentados en el Registro antes del 30 de abril de 2010 y no excluidos de la aplicación de la Ley, podrá solicitar la corrección de ésta ante el Registrador de la sección pertinente. 11.2 Al corregir errores, el Registrador procederá conforme a los artículos 150 a 154 de la Ley 198, supra, conocida como la Ley Hipotecaria y los Artículos 141.3, 141.4, 141.5, 141.6, 141.7, 142.1, 143.1, 143.2 y 144.1 del Reglamento Hipotecario. Página Núm. 8
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