Regl. 7990, art. XI-XI

APROBACIÓN

Length: 178 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 7990, Art. XI-XI

En San Juan, Puerto Rico, hoy 3 de febrero de 2011. George R. Jylar Kelly Director Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico 7 CERTIFICACIÓN De conformidad con lo dispuesto en la Sección 2.13 de la Ley Núm. 170 de 12 de agosto de 1988, según enmendada, conocida como Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por la presente certifico que el interés público requiere la inmediata puesta en vigor de la Primera Enmienda al Reglamento Número 7915 del "Programa Mi Nuevo Hogar", promulgado por el Director Ejecutivo de la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico, sin la dilación que supone la aplicación de las secciones 2.1, 2.2, 2.3 y 2.8 de la Ley Núm. 170, supra. Mediante esta Primera Enmienda al Reglamento Número 7915, se establecen las nuevas normas y procedimientos que regirán los parámetros de funcionamiento, aplicabilidad y alternativas de financiamiento; entre otros, del Programa Mi Nuevo Hogar. En San Juan, Puerto Rico, hoy día 3 de febrero de 2011. Burset Gobernador
Regl. 7990, art. XI-XI: APROBACIÓN | Justis AI