Regl. 7992, art. VIII

Contenido de las Facturas

Length: 322 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 7992, Art. VIII

A. Las facturas que prepare el funcionario de la sección de Preintervenciones deben contener la siguiente información: a. Agencia a la que se prestó el servicio, nombre de la persona enlace y dirección, O nombre del empleado del ICF a quien se le emite la factura. b. Fecha de la factura C. Número de la factura d. Descripción del servicio prestado o concepto 5 e. Cuenta contable por la que se hizo la asignación presupuestaria del contrato f. Importe por unidad (si aplica) e importe total g. Número de contrato entre las partes h. Cláusula de pena de nulidad por conflicto de interés (Boletín Administrativo Número: OE-2001-73 de 29 de noviembre de 2001) i. Fecha en que se prestó el servicio j. Firma del Director de Finanzas y Presupuesto o por la persona en quien este delegue k. Cláusula de vencimiento de factura a 30 días. La cláusula leerá como sigue: "Certifico que la factura antes indicada es correcta y que el pago de la deuda no se ha recibido. Usted tiene hasta treinta (30) días calendario después de de recibida esta factura para pagar la misma" Usted tiene hasta quince (15) días calendario para objetar dicha factura. B. Esta sección será de aplicación a las facturas al cobro emitidas por los conceptos de prestación de bienes o servicios por contratos existentes entre el Instituto y otras entidades privadas o gubernamentales, y cuando sea necesario ajustar el precio por compras a proveedores privados en y fuera de la jurisdicción del Estado Libre Asociado. Además, aplicará en los casos de pagos indebidos a empleados del ICF, de reembolso de gastos de llamadas telefónicas, y en los casos de restitución de equipo y propiedad del ICF, según se ha definido en esta reglamentación. C. En los casos de restitución de fondos por viajes al exterior se utilizará el Modelo Liquidación de Fondos Anticipados a Oficiales Pagadores Especiales en Misiones Oficiales fuera de Puerto Rico.
Regl. 7992, art. VIII: Contenido de las Facturas | Justis AI