Regl. 7992, art. XIV dup3

Vigencia

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Este reglamento entrará en vigor treinta (30) días después de su radicación en el Departamento de Estado, conforme lo dispone la Ley 170 del 12 de agosto de 1988, según enmendada, conocida como "Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme". Aprobado por la Junta de Directores del Instituto de Ciencias Forenses conforme a la Ley Número 13 de 24 de julio de 1985, según enmendada, que crea el Instituto de Ciencias Forenses y, le concede autonomía administrativa y fiscal. En San Juan, Puerto Rico hoy, Maniasunic Lcdo. Guillermo Somoza Colombani Dra. María S. Conte Miller Presidente Directora Ejecutiva Junta de Directores 17
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