Regl. 7994, art. 2

PROPÓSITO Y ALCANCE

Length: 63 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 7994, Art. 2

Se adopta esta Regla con el propósito de establecer las normas para regular el establecimiento, autorización, operación y supervisión de los aseguradores internacionales. Esta Regla aplicará a todos los aseguradores y reaseguradores que procuren establecer y recibir autorización para tramitar pólizas de seguros por medio del Centro Internacional de Seguros de Puerto Rico, al amparo de las disposiciones del Capítulo 61 del Código.
Regl. 7994, art. 2: PROPÓSITO Y ALCANCE | Justis AI