Regl. 7, art. II-4

Reglamento de la Junta Examinadora de Auxiliares Técnicos de Cirugía (Cirujanos Menores), para Escuelas de Cirujanos Menores. No incluido en el Índice bajo la Ley 149 de 12 dic 2005. Vigencia 8 de julio de 1957

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Cite as Reglamento Núm. 7, Art. II-4

Las escuelas serán inspeccionadas anualmente O cuantas veces la Junta lo crea conveniente y un informe con los resultados de cada Inspección será enviado al Director de la Escuela.
Regl. 7, art. II-4: Reglamento de la Junta Examinadora de Auxiliares Técnicos de Cirugía (Cirujanos Menores), para Escuelas de Cirujanos Menores. No incluido en el Índice bajo la Ley 149 de 12 dic 2005. Vigencia 8 de julio de 1957 | Justis AI