Regl. 8000, art. 2 dup3
Restricciones
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Cite as Reglamento Núm. 8000, Art. 2 dup3
Cuando en cualquier expediente obren documentos internos de la Junta de
Planificación, como lo son, entre otros: opiniones legales, memorandos internos,
documentos confidenciales, análisis técnicos o económicos, borradores de cartas o de
resoluciones, borradores de hojas de acuerdos, no notificadas previamente, que no
hayan sido incorporados a dicho expediente mediante expresión de la Junta de
Planificación, los mismos no estarán disponibles para reproducción. Estos no se
considerarán incluidos entre los descritos en el ArtÃculo IV.