Regl. 8008, art. 2 dup2

Reglamento para el Programa por Meritos al Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.

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Cite as Reglamento Núm. 8008, Art. 2 dup2

Los siguientes aspectos no deben tomarse en consideración para la nominación del candidato(a) a los Premios por Servicios Meritorios: 1. Uso de la descripción del puesto para justificar la designación de un candidato a base de los deberes y responsabilidades que normalmente pertenecen al puesto. 2. Conceptos generales o apreciaciones positivas que resulten irrelevantes a las ejecutorias de un empleado(a) en el servicio público. 3. El cumplimiento con las reglas de conducta y asistencia porque son parte de la responsabilidad y deber como empleados.
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