Regl. 8009, art. 16-1
Declaración Jurada del Tutor antes de asumir el cargo
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Cite as Reglamento Núm. 8009, Art. 16-1
Toda persona a quien el Director Ejecutivo le extienda designación administrativa como
tutor de un pensionado o beneficiario del Sistema, antes de asumir el cargo deberá
someter al Comité una solicitud de nombramiento al cargo de tutor, la cual contendrá una
declaración jurada suscrita ante notario, a los efectos de que lo expuesto en la solicitud es
cierto, aceptando el cargo libre y voluntariamente y con conocimiento de las
responsabilidades que conlleva el mismo, comprometiéndose a desempeñar bien y
fielmente sus deberes y obligaciones, a rendir las cuentas que requiera el Director
Ejecutivo y a atender prontamente cualquier requerimiento que éste le haga.