Regl. 8009, art. 16-1

Declaración Jurada del Tutor antes de asumir el cargo

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Cite as Reglamento Núm. 8009, Art. 16-1

Toda persona a quien el Director Ejecutivo le extienda designación administrativa como tutor de un pensionado o beneficiario del Sistema, antes de asumir el cargo deberá someter al Comité una solicitud de nombramiento al cargo de tutor, la cual contendrá una declaración jurada suscrita ante notario, a los efectos de que lo expuesto en la solicitud es cierto, aceptando el cargo libre y voluntariamente y con conocimiento de las responsabilidades que conlleva el mismo, comprometiéndose a desempeñar bien y fielmente sus deberes y obligaciones, a rendir las cuentas que requiera el Director Ejecutivo y a atender prontamente cualquier requerimiento que éste le haga.
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