Regl. 8009, art. 21-2 dup2
Orden para Mostrar Causa y Suspensión de Pagos
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Cite as Reglamento Núm. 8009, Art. 21-2 dup2
Cuando el Director Ejecutivo determine que procede la remoción de un tutor por alguna
de las circunstancias expuestas en la Sección anterior, el Director Ejecutivo, a través del
área correspondiente, emitirá una citación al tutor para que dentro del término de quince
(15) dÃas, muestre causa por la cual no deba ser removido del cargo. Simultáneamente, el
Director Ejecutivo emitirá orden a pagadurÃa para que retenga los pagos de la pensión y
referirá el caso al Comité para procedimientos ulteriores.