Regl. 8009, art. 27 dup2
VIGENCIA
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Cite as Reglamento Núm. 8009, Art. 27 dup2
Este Reglamento entrará en vigor luego de su radicación y promulgación en el
Departamento de Estado de Puerto Rico de conformidad con la legislación aplicable.
Aprobado por la Junta de SÃndicos el 17 de noviembre de 2010 en San Juan, Puerto Rico.
Jenn
Jesús F. Méndez RodrÃguez
Héctor Manuel Mayol Kauffmann
Presidente - - Junta de SÃndicos
Director Ejecutivo
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