Regl. 8009, art. 27 dup2

VIGENCIA

Length: 60 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 8009, Art. 27 dup2

Este Reglamento entrará en vigor luego de su radicación y promulgación en el Departamento de Estado de Puerto Rico de conformidad con la legislación aplicable. Aprobado por la Junta de Síndicos el 17 de noviembre de 2010 en San Juan, Puerto Rico. Jenn Jesús F. Méndez Rodríguez Héctor Manuel Mayol Kauffmann Presidente - - Junta de Síndicos Director Ejecutivo 25
Regl. 8009, art. 27 dup2: VIGENCIA | Justis AI