Regl. 8009, art. 7-3
Evaluación de Incapacidad Mental por Médico Privado
Length: 48 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 8009, Art. 7-3
Si la evaluación del médico de tratamiento privado fuese de una incapacidad mental, el
Comité podrá a su discreción, requerir que el pensionado se someta a examen y
evaluación por un facultativo médico contratado por el Sistema o tramitar el expediente
sin la necesidad de una evaluación adicional.