Regl. 8009, art. 9-1

Nombramiento y Composición del Comité

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Cite as Reglamento Núm. 8009, Art. 9-1

El Director Ejecutivo nombrará un Comité para que en su nombre y representación, intervenga en todo lo concerniente a la designación administrativa de tutores. El Comité estará compuesto por cinco (5) empleados o funcionarios del Sistema, tres (3) de los cuales serán nombrados en propiedad y dos serán suplentes. El Director Ejecutivo nombrará al Presidente del Comité. Todo caso de tutoría deberá ser aprobado por lo menos por dos (2) miembros del Comité.
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