Regl. 8010, art. 15-1
Guías de Conducta para los Proveedores de Bienes y/o Servicios:
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Cite as Reglamento Núm. 8010, Art. 15-1
A. Cumplir con las disposiciones de la Ley Número 84 de 18 de junio de 2002,
mediante la cual se establece el Código de Ética para Contratistas, Suplidores
y Solicitantes de Incentivos Económicos de las Agencias Ejecutivas del
Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
B. Cumplir con las normas de ética establecidas por la empresa para la cual
trabajan y con los cánones éticos de la Asociación o Colegio al cual
pertenezca y que reglamente su profesión.
C. Exhibir un trato profesional y respetuoso.
D. Divulgar toda la información necesaria para que el SRM pueda evaluar
detalladamente las transacciones y tomar decisiones correctas e informadas.
E. Cotizar basándose en precios justos.
F. Ofrecer productos y servicios de calidad.
G. Entregar los productos y brindar los servicios adjudicados dentro de la fecha
límite establecida.
H. Honrar las garantías ofrecidas para los productos y servicios.
I. Rehusar y denunciar ante el SRM cualquier trato preferencial y/o
discriminatorio.
J. Abstenerse de ofrecer gratificaciones, privilegios o favores. De igual manera,
rechazar solicitudes de gratificaciones, privilegios o favores.
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K. Notificar al Director Ejecutivo o su representante autorizado cualquier
conducta impropia de parte del personal del SRM y de cualquier fuente,
incluyendo posibles conflictos de intereses de funcionarios y/o empleados del
Sistema u otro servidor público.
L. Incluir en la factura presentada al SRM la siguiente certificación:
"Bajo pena de nulidad absoluta certifico que ningún servidor(a) público(a) del
SRM es parte o tiene algún interés en las ganancias o beneficios producto del
contrato objeto de esta factura y, de ser parte o tener interés en las ganancias o
beneficios producto del contrato, ha mediado una dispensa. La única
consideración para suministrar los bienes o servicios objeto del contrato ha
sido el pago acordado con el representante autorizado del Sistema. El importe
de esta factura es justo y correcto. Los servicios han sido prestados y aún no
han sido pagados."
M. Todo contratista o proveedor que contrate con la Agencia recibirá su pago por
transferencia electrónica.
N. Todo proveedor de bienes o servicios deberá incluir con su cotización la
Certificación de Ausencia de Conflicto de Intereses:
"Ningún servidor público del SRM tiene interés pecuniario en este contrato,
compra o transacción comercial, y tampoco ha tenido en los últimos cuatro (4)
años directa o indirectamente interés pecuniario en este negocio. Ningún
servidor público del SRM me solicitó o aceptó, directa o indirectamente, para
él, para algún miembro de su unidad familiar o para cualquier persona,
regalos, gratificaciones, favores, servicios, donativos, préstamos o cualquier
otra cosa de valor monetario. Ningún servidor público me solicitó o aceptó
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bien alguno de valor económico, vinculados a esta transacción, de persona
alguna de mi entidad como pago por realizar los deberes y responsabilidades
de su empleo. No tengo relación de parentesco, dentro del cuarto grado de
consanguinidad y segundo por afinidad, con ningún servidor público que
tenga facultad para influenciar y participar en las decisiones institucionales de
esta agencia ejecutiva."
O. También debe incluir con su cotización una Certificación de que no ha sido
encontrado convicto ni se ha declarado culpable en el foro estatal o federal, o
en cualquier otra jurisdicción de los Estados Unidos de América, de aquellos
delitos de fraude, malversación o apropiación ilegal de fondos públicos
enumerados en la Ley Núm. 458 de 28 de diciembre de 2000, según
enmendada.