Regl. 8010, art. 8-3

Responsabilidades y Deberes del Secretario: El Secretario no será

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Cite as Reglamento Núm. 8010, Art. 8-3

miembro de la Junta de Subastas y no tendrá derecho al voto. Las responsabilidades del Secretario serán las siguientes: A. Responder directamente al Presidente. B. Custodiar toda la información contenida en los libros, récords, expedientes y documentos de la Junta. C. Mantener récord de toda la correspondencia recibida o enviada por la Junta. 18 D. Recibir y abrir la correspondencia de la Junta, distribuirla y custodiarla. E. Recibir, custodiar y velar por la tramitación adecuada de los expedientes de subastas. F. Citar a las reuniones de la Junta. G. Notificar las adjudicaciones y acuerdos de la Junta a las partes interesadas. H. Certificar los acuerdos y las adjudicaciones cuando éstas se tomen y cualquier otro documento de la Junta. I. Asistir a las reuniones de la Junta para tomar las minutas y levantar las actas sobre los acuerdos y las adjudicaciones.
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