Regl. 8010, art. 8-3
Responsabilidades y Deberes del Secretario: El Secretario no será
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Cite as Reglamento Núm. 8010, Art. 8-3
miembro de la Junta de Subastas y no tendrá derecho al voto. Las responsabilidades del
Secretario serán las siguientes:
A. Responder directamente al Presidente.
B. Custodiar toda la información contenida en los libros, récords, expedientes y
documentos de la Junta.
C. Mantener récord de toda la correspondencia recibida o enviada por la Junta.
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D. Recibir y abrir la correspondencia de la Junta, distribuirla y custodiarla.
E. Recibir, custodiar y velar por la tramitación adecuada de los expedientes de
subastas.
F. Citar a las reuniones de la Junta.
G. Notificar las adjudicaciones y acuerdos de la Junta a las partes interesadas.
H. Certificar los acuerdos y las adjudicaciones cuando éstas se tomen y cualquier
otro documento de la Junta.
I. Asistir a las reuniones de la Junta para tomar las minutas y levantar las actas
sobre los acuerdos y las adjudicaciones.