Regl. 8010, art. 9-6
Modificaciones de las Ofertas: Las ofertas podrán ser modificadas
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Cite as Reglamento Núm. 8010, Art. 9-6
únicamente antes de la apertura de Subasta, mediante comunicación escrita, que deberá
ser presentada ante al Secretario de la Junta de Subastas, en sobre cerrado debidamente
identificado con el número de la subasta, fecha, hora señalada para la apertura y nombre
y dirección del licitador. Deberá incluirse información indicando las razones para la
modificación de la oferta.
Dichas modificaciones serán inadmisibles, si se radican luego de la fecha y hora
de la apertura de la subasta. Toda modificación de oferta será abierta en la fecha y hora
señalada para la apertura de la subasta original.