Regl. 8013, art. V dup2

PROPUESTAS

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Cite as Reglamento Núm. 8013, Art. V dup2

5.01 Propuestas que podrán ser sometidas (a) El Departamento anunciará las áreas naturales que están disponibles para la prestación de servicios mediante Autorizaciones o Concesiones, sobre las cuales recibirá propuestas, que anunciará mediante publicación en dos (2) periódicos de circulación general en Puerto Rico. 14 (b) El Departamento aceptará propuestas que respondan al Aviso Público. (c) El Departamento aceptará propuestas voluntarias, sometidas por personas interesadas en prestar servicios mediante Autorizaciones o Concesiones en Áreas Naturales Protegidas, siempre y cuando las propuestas cumplan con lo establecido en este Reglamento y no entren en conflicto con algún Aviso Público a estos efectos. 5.02 Aviso Público (a) El Aviso contendrá la siguiente información: (1) Área designada para el aprovechamiento por la Autorización o Concesión; (2) tipo de aprovechamiento por Autorización o Concesión que permitirá en el área designada; (3) límite de cambio aceptable, densidades e intensidad de usos; (4) mejoras necesarias en las áreas designadas que no cuentan con estructuras; (5) mejoras requeridas para las facilidades que existen en las áreas designadas; (6) lugar disponible para obtener la información y los documentos necesarios para presentar la propuesta de Autorización o Concesión; (7) fecha y horario disponible para visitar el área designada, previo radicación de la propuesta; (8) fecha, lugar y hora límite para la radicación de las propuestas; (9) cualquier información necesaria sujeta al tipo de propuesta. 5.03 Presentación y Trámite (a) Toda propuesta deberá estar dirigida al Secretario del Departamento, con atención al Comité Evaluador. 15 (b) Deberá ser presentada en original y cinco (5) copias para su radicación, personalmente en Secretaría o en la Oficina Regional correspondiente del Departamento; (c) De presentarse la propuesta en cualquier Oficina Regional del Departamento, la parte deberá notificar la cubierta o primera página de la propuesta debidamente sellada con la fecha, hora y lugar de presentación, a la Secretaría del Departamento, dentro de las setenta y dos (72) horas siguientes a la presentación de la propuesta. (d) El Proponente deberá cumplir estrictamente con los requisitos reglamentarios de presentación establecidos y los específicos establecidos para cada tipo de aprovechamiento. No se aceptará la presentación de propuestas por correo. 5.04 Información general requerida para todas las propuestas (a) Completar Solicitud de Autorización o Concesión; (b) proveer el nombre completo del proponente, teléfono, dirección postal y residencial; o la de los directores o socios, en el caso de una corporación o sociedad u organización no gubernamental; (c) Certificado de Incorporación o Escritura de Constitución de la Sociedad (si aplica); (d) Preparar y entregar Evaluación Ambiental; (e) Certificación Negativa de deuda con el Departamento de Hacienda; (f) Certificación Negativa de deuda con la Administración para el Sustento de Menores (ASUME); (g) Certificación Negativa de deuda con el Departamento; (h) Certificación Negativa de Deuda con el Centro de Recaudaciones de Ingresos Municipales (CRIM) y cualquier otra solicitada por el Departamento; 16 (i) Certificación de Capitán de la Guardia Costanera (si aplica); (j) Registro y Marbete de la Embarcación del Departamento (si aplica); (k) Póliza de Seguro donde el Gobierno de Puerto Rico y el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales sean co-asegurados; (1) Certificación de la Guardia Costanera para la embarcación (si aplica); (m) Certificado de Inspección anual de la Guardia Costanera (si aplica) (n) Certificación de turismo náutico de la Compañía de Turismo de Puerto Rico; (o) Memorial Explicativo indicando lo siguiente: (1) Exposición detallada de la actividad solicitada que incluya, pero sin limitarse, a la descripción detallada de las actividades a realizarse, y la ubicación del área a impactarse. (2) Localización específica, con expresión de cabida (en metros cuadrados) y especificación de todas las mejoras propuestas (veredas, baños, casetas, etc.) para el área natural designada. (3) Especificación de tamaño y contenido de rótulos a establecer que contengan información sobre horario y normas de conducta o cualquier otra información. (4) Especificación de materiales a utilizarse, que no podrá ser cemento o sus derivados, en la construcción de las mejoras adicionales y reparación de las existentes, incluyendo presentación de planos. (5) Un desglose de la inversión aproximada de capital. (6) Número de empleos con especificación de clases, que generará la actividad propuesta. 17 (7) Costo de los servicios a presentarse. (8) Descripción de experiencias previas del proponente, relacionadas con el tipo de Autorización o Concesión que solicita. (9) Horario operacional. (10) Equipo disponible para la actividad. (11) Tarifa(s) por persona o por grupos. 5.05 Información requerida por propuesta específica (a) Venta o alquiler: (1) Lista de los artículos a ser vendidos o alquilados; (2) método para el manejo y disposición de los desperdicios sólidos, incluyendo un programa para recuperación de materiales reciclables; (3) modelo de los materiales de promoción o información. (b) Embarco y desembarco en áreas designadas: (1) Medidas de seguridad para el embarco y desembarco; (2) lugar específico del embarco; (3) itinerario de embarco y desembarco; (4) número de personas propuestas para el desembarco en cada viaje; (5) en caso de desembarco marítimo de más de seis personas, deberá tener consigo el correspondiente Certificado de Inspección de la Guardia Costanera; (6) lugar de procedencia del medio de transportación; (7) en el caso de naves o embarcaciones marítimas, deberá presentar copia de la Concesión de Zona Marítimo Terrestre del lugar de embarco; 18 (8) costo de transportación por persona; (9) Certificación de Actividades de Turismo Náutico de la Compañía de Turismo de Puerto Rico; (10) evidencia del registro actualizado de la embarcación, que incluye licencia del capitán. (c) Interpretación de áreas designadas: (1) Tipos de excursiones; (2) número de personas por excursión; (3) descripción de la excursión con expresión de tiempo; (4) proveer un panfleto con los componentes educativos de cada una de las excursiones; (5) lugares específicos donde se va a realizar la excursión; (6) costo por persona o por grupo de la excursión; (7) impacto ambiental de la excursión; (8) Evidencia de intérpretes debidamente certificados por la Compañía, al amparo de la Ley Núm. 52 de 6 de mayo de 2008, mejor conocida como Ley Orgánica de la Compañía de Turismo de Puerto Rico. (d) Administración de Áreas Recreativas y de Acampar: (1) Plan Operacional; (2) Plan de Manejo de Emergencias; (3) Plan de Servicios de Seguridad; (4) Plan para la Disposición y el Reciclaje de los Desperdicios. 19 (e) Establecimiento y administración de eco-alojamientos: (1) Plan Operacional; (2) tipo de estructura; (3) cantidad de eco-alojamientos por área; (4) facilidades que poseerá cada eco-alojamiento; (5) cargo tarifario propuesto; (6) máximo de personas a permitirse por eco-alojamiento; (7) horario de registro de entrada y salida; (8) Plan para la Disposición de las Aguas Servidas y de Desperdicios Sólidos, según los reglamentos aplicables de la Junta de Calidad Ambiental; (9) Plan de Reciclaje y Disposición de los Desperdicios; (10) Plan de Manejo de Emergencias; (11) Plan de Servicios de Seguridad; (12) servicios a prestarse; (13) número de estacionamientos por eco-alojamientos; (14) Póliza de Responsabilidad Pública y de Desastres, con primer endoso al Gobierno de Puerto Rico y segundo endoso al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales. 5.06 Propuesta incompleta (a) Secretaría no recibirá ninguna propuesta incompleta. Una propuesta incompleta, es aquella que no cumpla estrictamente con los requisitos reglamentarios de presentación y los establecidos para cada tipo de Autorización o Concesión. 20 (b) La propuesta incompleta será devuelta al proponente, personalmente o por correo certificado con acuse de recibo, sin haber sido referida al Comité Evaluador.
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