Regl. 8017, art. 1.3

ALCANCE

Length: 57 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 8017, Art. 1.3

Este Reglamento regirá a toda persona que se dedique parcial o totalmente al negocio de concesión de préstamos hipotecarios, al negocio de corretaje de préstamos hipotecarios, o a la originación de préstamos hipotecarios, según se define en la Ley, para todos los fines, incluyendo para financiar la adquisición de bienes inmuebles residenciales o refinanciar préstamos hipotecarios residenciales.
Regl. 8017, art. 1.3: ALCANCE | Justis AI