Regl. 3149, art. 3.1-8.03.02
El alumbrado en el foso seco será a prueba de
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Cite as Reglamento Núm. 3149, Art. 3.1-8.03.02
explosión y corrosión. No se instalará alumbrado
en el foso húmedo.
8.03.03 Toda tuberÃa eléctrica expuesta será PVC.
8.03.04 Se instalará una extensión a la válvula de entrada
para ser operada desde el piso de control.
8.03.05 Las Bombas tendrán motores a prueba de explosión.
8.03.06 Se proveerá un extinguidor de incendio de cinco
(5) libras de CO2 cerca de la puerta de entrada.
8.03.07 Se proveerá alumbrado exterior.
8.03.08 El tubo de escape del generador estará protegido
por una capa de magnesio al 85% y el mismo descargará sobre el nivel del techo de la caseta.
VIII-3
8.04 PLANTAS DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES
8.04.01. Se instalará un extinguidor de incendio de 4.5 kg
diez (10 libras) de CO2 cerca de la puerta de
entrada de la caseta principal.